Certificado de cierre de puerto
Directemar
El trámite Certificado de cierre de puerto lo gestiona la Directemar. En simple: Conforme a lo indicado en el Capítulo XVIII "Mal Tiempo y Emergencias" Artículos 151 y 154, del "Reglamento de Orden Seguridad y Disciplina de las Naves y Puertos de la República" D.S.(M) 1340 del 14 de junio 1941, https://www.directemar.cl/directemar/site/artic/20170126/asocfile/20170126122607/tm_013__2012.pdf toda persona que necesite tener constancia de que un puerto se mantuvo cerrado y/o el t
Es un trámite presencial.
Para trámites en línea suele pedirse ClaveÚnica. Más abajo te dejamos el enlace al sitio oficial, donde puedes revisar los requisitos al detalle y realizar el trámite.
Fuente de los datos: Registro Nacional de Trámites (Nómina de trámites vigentes a 2022, datos.gob.cl)