Reporte de Operaciones Sospechosas (Ley 19.913, artículo 3)
Unidad de Análisis Financiero
El trámite Reporte de Operaciones Sospechosas (Ley 19.913, artículo 3) lo gestiona Unidad de Análisis Financiero. En simple: Permite a los Sujetos Obligados a Informar (persona natural o jurídica, establecidas en el la Ley 19.913, artículo 3, e inscritas en los registros de la Unidad de Análisis Financiero según indica el artículo 40 de dicha ley), el envío de Reporte de Operaciones Sospechosas (operaciones inusuales, carentes de justificación económica o jurídicas, y/o de financiamiento al terrorismo), cuya obligación
Se hace en línea, sin ir a una oficina. Y es gratis.
Para trámites en línea suele pedirse ClaveÚnica. Más abajo te dejamos el enlace al sitio oficial, donde puedes revisar los requisitos al detalle y realizar el trámite.
Fuente de los datos: Registro Nacional de Trámites (Nómina de trámites vigentes a 2022, datos.gob.cl)